• diciembre 17, 2025

Abogada hondureña advierte que procesos sin consensos son nulos

Tegucigalpa, 14 jul (AHN) La abogada hondureña Reina Rivera Joya, advirtió hoy que los procesos aprobados por el Consejo Nacional Electoral (CNE) de Honduras deben basarse en consensos, incluida la adjudicación de empresas, ya que, de lo contrario son considerados nulos por falta de legalidad.

En un foro televisivo nacional, la profesional del derecho y analista, señaló que el artículo 279 exige el consenso de los tres concejeros para la aprobación de todo lo que implique el sistema de Transmisión de Resultados Electorales Preliminares (TREP).

“El artículo 279 establece claramente que se requiere consenso para aprobar tanto los medios como los lineamientos relacionados con la divulgación de resultados preliminares. Incluso bajo una interpretación teleológica, esto incluye a las empresas que serán adjudicadas y a todos los procesos técnicos vinculados. No se trata solo de los Términos de Referencia (TDR) iniciales, sino de todo el sistema de Transmisión de Resultados Electorales Preliminares”, enfatizó.

En ese sentido, Reina aseveró que la recepción de ofertas, la elaboración de los TDR y el mismo proceso de adjudicación están contemplados en un artículo que exige consenso, el cual fue aprobado como norma especial debido al historia de los fraudes electorales cometidos por el bipartidismo.

“Esta norma prevalece sobre el resto del ordenamiento jurídico porque es norma especial. Y esta norma nos dice que todo el proceso debe de ser por consenso”, añadió.

En esa línea de legalidad, la abogada agregó que no se puede sesionar el órgano electoral sin la representación de los tres partidos. “Quieren sesionar como pleno con solo dos consejeras y están haciendo una interpretación errónea de la Ley Electoral”, aseveró.

La abogada recordó la denuncia del consejero Marlon Ochoa, quien señaló que las concejalas del bipartidismo realizaron una enmienda a los TDR, lo que constituiría una adulteración del proceso y, por tanto, un acto nulo.

“Lo que se aprueba por consenso no se puede cambiar en una nueva sesión, ni incluirle nuevos elementos. Las consejeras violaron ese artículo y cometieron también una grave violación a la Ley Electoral al introducir unos elementos de lineamientos adicionales o enmiendas a los términos”, apuntó.

Finalmente, la abogada explicó que las etapas para aprobar el sistema TREP en Honduras deben regirse por el artículo 279, el cual establece un proceso continuo de consensos y funciona como una salvaguarda del proceso electoral, diseñado para prevenir la imposición de fraudes.

PCG

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