Legislador destaca decisión estadunidense de reducción arancelaria para Honduras
Tegucigalpa, 5 nov (AHN) El Consejo Nacional Electoral (CNE) de Honduras invalidó agregar a la papeleta electoral a dos ciudadanos aspirantes a una candidatura a diputado por los departamento de Olancho —zona oriental— y Valle —al sur— al considerar que su postulación representa una “ilegalidad”.
La consejera presidenta del CNE, Ana Paola Hall, declaró inaplicables las resoluciones del Tribunal de Justicia Electoral (TJE) que ordenaban inmediatamente la inscripción de Jorge Cálix como candidato a diputado por el Partido Liberal y a Christhian Villalobos por el derechista Partido Nacional.
En consecuencia, el órgano electoral instruyó a los partidos políticos llenar la vacante en la planilla de Olancho y Valle, para luego proceder con la impresión de las papeletas.


El pleno de consejeros determinó por unanimidad otorgar a los partidos un plazo hasta el mediodía como máximo para sustituir las candidaturas vacantes.
“Inmediatamente se debe proceder a la impresión de las papeletas”, establece la resolución emitida por el CNE.
En un comunicado, Hall recordó que la obediencia a resoluciones judiciales debe estar fundamentada en la ley.
“Si la obediencia no es fundamentada en la Ley, no resulta exigible”, señala el escrito, citando al mismo tiempo, el artículo 499 del Código Penal, que exceptúa de responsabilidad criminal a quien se niegue a cumplir un mandato que constituya una infracción clara y manifiesta de las disposiciones legales.
El documento también advierte que cualquier funcionario que dicte una resolución arbitraria “a sabiendas de su injusticia” podría ser sancionado con inhabilitación especial de cinco a diez años, conforme al artículo 498 que establece el mismo código.

Es de recordar que, el Ministerio Público informó que promueve un antejuicio contra los magistrados propietarios del TJE, Mario Urrutia y Miriam Rodríguez, por el delito de prevaricato judicial.
Según los antecedentes, se consideró que emitieron resoluciones contrarias a la ley al ordenar al CNE inscribir a dos ciudadanos como candidatos y cuyas resoluciones fueron emitidas de manera ilegal, al margen del procedimiento establecido en la Constitución de la República y la Ley Electoral.
Ante estos nuevos hechos, la presidenta Hall argumentó que el CNE debe realizar una valoración más profunda.
“Emitir una instrucción en ese sentido, estando esos fallos comprendidos en una acción penal, nos obliga a realizar un análisis más pormenorizado de los hechos”, indicó.
El documento también cita nuevamente el artículo 499 del Código Penal, el cual considera el incumplimiento de resoluciones judiciales como una conducta de abuso de autoridad, aunque precisa que no incurre en delito quien no cumpla una orden contraria a la ley.
“Si esa legalidad resulta dudosa, también se debilita la obligación de obediencia”, reza parte del escrito.

Por su parte, el consejero electoral Marlon Ochoa, emitió un pronunciamiento en el que compartió su voto concurrente sobre el caso.
En su declaración, reiteró que el CNE no debía proceder con la inscripción de Cálix así como de Villalobos, al considerar que la sentencia que ordenaba hacerlo fue dictada de manera ilegal por dos magistrados del TJE sin el quórum correspondiente.
“El Consejo debe asegurar la integración del pleno como máxima autoridad y garante del sufragio ciudadano”, expresó Ochoa insistiendo en que las papeletas deben imprimirse respetando la resolución unánime número 281-2025, del 8 de octubre y el auto del 1 de octubre sobre el expediente 3290-2025.
EES
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